jueves, 6 de agosto de 2020

Obligación llevar contabilidad

En el Ecuador están obligados a llevar contabilidad, cuando operen con un capital que al inicio de sus actividades económicas  sea mayor a  180.000 dólares, sus ingresos superen los 300.000 dólares y sus costos y gastos superen los 240.000 dólares.


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